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HABRÁ PRISIÓN PREVENTIVA PARA MENORES, EN DELITOS GRAVES

Tras dos sesiones de intenso debate, la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó que los adolescentes acusados de delitos graves sí pueden ser sujetos a internamiento preventivo hasta por cinco meses pues, a decir de los ministros, esto no vulnera sus derechos humanos.

Por mayoría de ocho votos los integrantes del máximo tribunal del país coincidieron, durante la sesión de este lunes, en que la prisión preventiva para los menores de edad no está prohibida de forma expresa en la Constitución.

De esta forma, la Corte finalizó el debate sobre la constitucionalidad de diversas porciones de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes que fueron impugnadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

 

Y es que en la legislación impugnada por la CNDH, los artículos 72, fracción II y 122, se refieren a la medida de prisión preventiva, sin que esté prevista constitucionalmente en el sistema integral de justicia para adolescentes.

 

 

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